Hacer testamento es, probablemente, el trámite jurídico con mejor relación entre coste y tranquilidad que existe. Y sin embargo sigue rodeado de reparos: que si trae mala suerte, que si es cosa de gente mayor, que si ya habrá tiempo más adelante. En mis más de veinte años como abogada en Alicante he visto el reverso de esos tópicos: familias enfrentadas durante años y herencias encarecidas por no existir un testamento que habría costado menos que una comida de domingo.
En este artículo te explico por qué conviene hacer testamento en Alicante, qué tipos existen y cuál es el habitual, qué puedes decidir y qué límites marca la ley, cuánto cuesta a grandes rasgos y qué errores y mitos conviene desterrar de una vez.
Por qué conviene hacer testamento aunque tu patrimonio sea modesto
El testamento no es cosa de ricos: es para quien quiere ahorrar problemas a los suyos. Estas son las ventajas que explico a diario en mi despacho:
- Evitas la declaración de herederos: si no hay testamento, tu familia tendrá que tramitar un acta notarial adicional, con más documentos, testigos, tiempo y gastos.
- Decides tú y no la ley: dentro de los límites legales, eliges quién recibe qué, en lugar de someterte a un reparto automático.
- Proteges a tu cónyuge: puedes mejorar su posición, por ejemplo con el usufructo de determinados bienes, algo especialmente importante cuando hay vivienda familiar.
- Previenes conflictos: un reparto claro deja poco espacio a la interpretación y a las discusiones entre hermanos.
- Facilitas la parte fiscal: una sucesión ordenada permite planificar mejor el impuesto de sucesiones dentro de la legalidad.
Y un apunte importante: el testamento se puede cambiar cuantas veces quieras. El último otorgado válidamente revoca, con carácter general, a los anteriores, de modo que no te ata de por vida ni te obliga a nada en el presente.
Tipos de testamento: el abierto notarial es el habitual
La ley regula varias formas de testar, pero en la práctica casi todo el mundo utiliza la misma:
- Testamento abierto notarial: lo otorgas ante notario, que comprueba tu capacidad, redacta el documento conforme a tu voluntad y lo conserva; queda registrado a efectos del certificado de últimas voluntades y es, con diferencia, el más seguro y utilizado.
- Testamento cerrado: entregas al notario un sobre con tu voluntad escrita sin revelar su contenido; en la práctica es muy poco frecuente.
- Testamento ológrafo: lo escribes de tu puño y letra; aunque puede ser válido, exige requisitos estrictos y un procedimiento posterior de adveración y protocolización que encarece y complica todo, y es fuente constante de dudas e impugnaciones.
Mi recomendación profesional es clara: testamento abierto ante notario, preparado antes con asesoramiento independiente. El notario garantiza la legalidad formal del acto, pero es tu abogada quien estudia tu situación familiar y patrimonial completa, te plantea los escenarios y te ayuda a decidir el contenido que de verdad te conviene.
Qué puedes decidir en tu testamento
El testamento da mucho más juego del que la gente imagina. Entre otras cosas, puedes:
- Nombrar herederos: designar a quienes recibirán tu patrimonio y en qué proporciones.
- Ordenar legados: dejar bienes concretos a personas concretas, por ejemplo una joya a una nieta o una cantidad a un amigo o a una entidad benéfica.
- Mejorar a un hijo: dentro de los márgenes que permite la ley, atribuir a uno de tus hijos más que a los demás, por ejemplo al que te cuida.
- Proteger al cónyuge: atribuirle un usufructo que le permita seguir disfrutando de la vivienda o de las rentas del patrimonio.
- Designar tutor: proponer quién cuidaría de tus hijos menores si tú faltaras.
- Nombrar albacea o contador partidor: encargar a una persona de confianza que ejecute tu voluntad y realice el reparto, algo muy útil si prevés desacuerdos.
- Prever sustituciones: decidir quién hereda si el primer llamado fallece antes que tú o renuncia a la herencia.
La legítima: el límite que marca la ley
En el derecho común español no existe libertad absoluta para testar. Una parte de la herencia, la legítima, está reservada por ley a determinados parientes, los llamados herederos forzosos: con carácter general, los hijos y descendientes, en su defecto los padres y ascendientes, y el cónyuge viudo, cuyo derecho se articula como un usufructo.
Con carácter general, cuando hay hijos, una parte de la herencia debe ir necesariamente a ellos, otra puede emplearse para mejorar a alguno de esos hijos o descendientes, y solo el resto es de libre disposición. No entro en fracciones ni en cálculos exactos porque el resultado depende de la composición familiar y de operaciones como la valoración de las donaciones hechas en vida: es justo el tipo de análisis que hay que hacer caso por caso, con los datos delante.
Lo importante es quedarse con la idea: puedes ordenar tu herencia con bastante libertad, pero respetando esos mínimos. Un testamento que ignora la legítima abre la puerta a reclamaciones que se pueden evitar con un diseño bien pensado desde el principio.
¿Cuánto cuesta hacer testamento?
Esta es la parte que más sorprende, y para bien. El testamento abierto notarial es uno de los documentos notariales más económicos que existen: hablamos de un trámite de coste reducido, al alcance de cualquier bolsillo, que además se paga una sola vez y despliega efectos durante toda la vida, salvo que decidas cambiarlo. No te doy una cifra exacta porque puede variar según la extensión y las circunstancias del documento, pero la idea que debes llevarte es que el precio nunca es una excusa razonable para no testar.
Compáralo con la alternativa: una declaración de herederos, una partición conflictiva o un pleito entre hermanos cuestan muchísimo más, en dinero, en tiempo y en relaciones familiares. Por eso suelo decir a mis clientes que el testamento es el seguro más barato que firmarán nunca.
Errores y mitos frecuentes sobre el testamento
Después de tantos años escuchando a clientes en Alicante, estos son los malentendidos que más se repiten:
- «Si hago testamento, mis hijos pueden quitarme la casa»: falso; el testamento solo produce efectos tras el fallecimiento y no te desprende de nada en vida.
- «Con testamento mi familia no paga impuestos»: el testamento ordena la herencia, pero no elimina el impuesto de sucesiones; lo que sí facilita es planificarlo.
- «Ya lo hablé con mis hijos, no hace falta papel»: las conversaciones no se inscriben en ningún registro; sin testamento, la ley reparte a su manera.
- «Puedo dejarlo todo a quien yo quiera»: solo dentro de los límites de la legítima; ignorarla es sembrar un pleito casi seguro.
- «Un modelo de internet vale igual»: los formularios genéricos no contemplan tu situación concreta y son origen habitual de errores costosos.
- «Soy joven, ya habrá tiempo»: el testamento se otorga precisamente para lo imprevisto; cambiarlo después es fácil y económico.
En resumen
Hacer testamento en Alicante es un trámite rápido, económico y siempre revocable que ahorra a tu familia tiempo, dinero y discusiones. La clave no está en firmar cualquier modelo, sino en diseñar un contenido que encaje con tu familia, tu patrimonio y los límites de la legítima.
Si estás pensando en otorgar testamento o quieres revisar el que ya tienes, te ayudo con mucho gusto desde mi despacho de la calle Isabel La Católica 9 de Alicante. Escríbeme por WhatsApp o llámame al 627 502 675 y en una primera consulta sin compromiso preparamos juntos, con calma y sin tecnicismos, la solución que mejor se adapte a tu caso.