Soy Esther Sánchez Hellín, abogada laboralista en Alicante, colegiada nº 5795 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante (ICALI), y llevo más de veinte años defendiendo a personas trabajadoras desde mi despacho de la calle Isabel La Católica 9, en pleno centro de la ciudad. Si algo he aprendido en todo este tiempo es que los problemas laborales casi nunca avisan: un día todo parece en orden y al siguiente te entregan una carta de despido, descubres que tu nómina lleva meses incompleta o recibes una sanción que no acabas de entender.

En este artículo quiero explicarte, con lenguaje claro y sin tecnicismos innecesarios, qué hace exactamente una abogada laboralista, qué asuntos llegan cada semana a mi mesa, cómo funciona el proceso laboral en España y por qué actuar con rapidez puede marcar la diferencia entre conservar tus derechos o perderlos.

¿Qué hace exactamente una abogada laboralista?

El derecho del trabajo regula la relación entre la empresa y la persona trabajadora desde el primer día de contrato hasta mucho después de la última nómina. Mi labor consiste en asesorarte y defenderte en todo lo que ocurre dentro de esa relación: reviso contratos y nóminas, analizo cartas de despido y sanciones, negocio con la empresa cuando todavía existe margen para el acuerdo, presento reclamaciones administrativas y, cuando no queda otra salida razonable, te defiendo ante el juzgado de lo social.

También me ocupo de la vertiente de Seguridad Social, que a menudo se olvida y que resulta decisiva: bajas médicas, disconformidad con altas, prestaciones e incapacidades permanentes. Y hay una parte menos visible pero igual de importante: escuchar. Buena parte de mi trabajo consiste en traducir tu situación a términos jurídicos, decirte con honestidad qué opciones tienes, qué riesgos asume cada una y ayudarte a decidir con la cabeza fría, sin falsas promesas.

Los asuntos que más veo en mi despacho de Alicante

Cada caso es único y merece un estudio propio, pero tras más de dos décadas de ejercicio hay materias que se repiten semana tras semana. Estas son las más habituales:

  • Despidos: disciplinarios, objetivos y colectivos. Reviso la carta, valoro si el despido puede declararse improcedente o nulo y calculo la indemnización que correspondería, con carácter general, a tu antigüedad y salario.
  • Reclamaciones de salarios: nóminas impagadas, horas extraordinarias que no se abonan, pluses de convenio olvidados, pagas extra y finiquitos incompletos o mal calculados.
  • Sanciones disciplinarias: amonestaciones y suspensiones de empleo y sueldo que en ocasiones se imponen sin pruebas suficientes y que pueden impugnarse ante el juzgado en plazos breves.
  • Incapacidades: solicitudes de incapacidad permanente, disconformidad con altas médicas y reclamaciones frente a resoluciones del INSS que no reconocen la situación real de salud.
  • Acoso laboral: situaciones de hostigamiento continuado que exigen una documentación cuidadosa y una estrategia serena, tanto dentro de la empresa como, si es necesario, ante los tribunales.
  • Modificaciones de condiciones: cambios de jornada, horario, funciones, centro de trabajo o salario impuestos por la empresa que, en determinados supuestos, permiten reclamar o incluso extinguir el contrato con indemnización.

Si tu problema no aparece en esta lista, no significa que carezca de solución: el derecho laboral abarca muchas más situaciones de las que caben en un solo artículo.

Por qué en lo laboral el tiempo juega en tu contra

Si te quedas con una sola idea, que sea esta: en materia laboral los plazos son muy cortos y algunos no se detienen ni se recuperan. El ejemplo más claro es el despido: con carácter general dispones de 20 días hábiles para reclamar contra él, descontando sábados, domingos y festivos. Pasado ese plazo, el despido queda firme aunque fuera claramente injusto, y ya no habrá abogada ni juez que pueda remediarlo. Es un plazo de caducidad y corre de forma implacable, incluso mientras negocias con la empresa de manera informal.

No es el único plazo breve: las sanciones disciplinarias también se impugnan en términos muy cortos y las reclamaciones de cantidad, aunque disponen de márgenes más amplios con carácter general, igualmente prescriben. A todo ello se suma un factor práctico que pocas veces se menciona: las pruebas se enfrían. Los mensajes se borran, las cámaras se sobrescriben, los compañeros cambian de empresa y la memoria se difumina. Cuanto antes me cuentes tu situación, más herramientas tendremos para defenderla.

Cómo funciona el proceso laboral, paso a paso

Muchas personas llegan a mi despacho con miedo al procedimiento judicial. La realidad es que el proceso laboral está pensado para ser más ágil y accesible que otros órdenes jurisdiccionales, y conocer sus fases ayuda a perderle el respeto:

  • Papeleta de conciliación: es el primer paso obligatorio en la mayoría de los conflictos. Se presenta ante el servicio administrativo de conciliación y, con carácter general, paraliza los plazos para demandar mientras se celebra el acto.
  • Acto de conciliación en el SMAC: en Alicante se celebra ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. La empresa y tú intentáis alcanzar un acuerdo con plenos efectos legales, y muchos asuntos terminan aquí con un pacto razonable.
  • Demanda ante el juzgado de lo social: si no hay acuerdo, presentamos la demanda ante los juzgados de lo social, que en nuestra provincia se concentran principalmente en la propia ciudad de Alicante y en otras sedes cercanas.
  • Juicio y sentencia: la vista suele ser breve. Se practican las pruebas, cada parte expone su posición y el juzgado dicta sentencia, que en muchos casos puede recurrirse.

En cualquiera de esas fases puede cerrarse un acuerdo. De hecho, una buena negociación evita muchos juicios, y esa es siempre mi primera vía de trabajo cuando beneficia a mi cliente.

El valor del trato directo con tu abogada

Trabajo de forma personal y directa, y es una decisión meditada. Cuando llamas al 627 502 675 te atiendo yo, cuando escribes por WhatsApp te respondo yo y, si tu asunto llega a juicio, quien se sienta a tu lado es la misma persona que conoce tu caso desde el primer día. No pasas por filtros comerciales ni tienes que repetir tu historia a tres interlocutores distintos.

Esto tiene consecuencias muy prácticas: sabes en todo momento cómo va tu expediente, las decisiones importantes las tomamos juntos tras valorar riesgos y alternativas, y recibes una opinión honesta aunque no sea la que esperabas oír. Ninguna profesional seria puede garantizarte un resultado, y conviene desconfiar de quien lo haga. Lo que sí puedo ofrecerte es estudio riguroso, información veraz sobre tus posibilidades y dedicación plena a tu defensa.

Cuándo conviene consultar a una abogada laboralista

No hace falta esperar a que el problema estalle. Las consultas más útiles suelen ser las que se hacen a tiempo:

  • Antes de firmar: cualquier documento que te entregue la empresa, ya sea una carta de despido, un finiquito, una baja voluntaria o una modificación de condiciones, puede revisarse antes de estampar tu firma. Si te dicen «fírmalo ahora o nada», desconfía.
  • Ante impagos: si llevas meses cobrando tarde, de menos o directamente sin cobrar, conviene reclamar cuanto antes para no perder cantidades por el paso del tiempo.
  • Ante una baja médica prolongada: si tu salud te impide trabajar y la situación se alarga, puede ser el momento de valorar una incapacidad permanente.
  • Ante un ambiente hostil: si sufres aislamiento, humillaciones o presiones para que te marches, no lo normalices; existen vías para protegerte.

Una consulta a tiempo puede ahorrarte un pleito y, cuando el pleito resulta inevitable, llegar con el caso preparado mejora mucho las opciones de defenderlo bien.

En resumen

Una abogada laboralista te acompaña cuando la relación con tu empresa se tuerce: despidos, salarios impagados, sanciones, incapacidades, acoso o cambios de condiciones. En este terreno los plazos son cortos, algunos de apenas 20 días hábiles con carácter general, y actuar a tiempo resulta decisivo. Ten en cuenta que la información de este artículo es general, que cada caso tiene matices y que la normativa laboral cambia con frecuencia, por lo que nada sustituye al estudio de tu situación concreta.

Si trabajas en Alicante o en su provincia y algo de lo que has leído te resulta familiar, te invito a contármelo. Puedes llamarme o escribirme por WhatsApp al 627 502 675, o visitarme en la calle Isabel La Católica 9 de Alicante. La primera consulta es sin compromiso: escucharé tu situación, te diré con claridad qué opciones veo y tú decidirás con calma el camino a seguir.