Guía · Accidentes de tráfico

Abogado de accidentes de tráfico en Alicante

Si has sufrido un accidente de tráfico en Alicante y tienes lesiones, la aseguradora ya está calculando cuánto le cuesta tu caso. Un abogado de accidentes de tráfico en Alicante se ocupa de que esa cifra sea la que te corresponde según el baremo, no la que a la compañía le conviene ofrecerte.

Esther Sánchez Hellín ·ICALI 5795 ·12 min de lectura ·Actualizada el 02.09.2026
Abogado de accidentes de tráfico en Alicante revisando el atestado y el parte amistoso con un cliente
+20
años de ejercicio en Alicante
5795
colegiada ICALI
1 año
para reclamar desde la estabilización de las lesiones
3 meses
tiene la aseguradora para hacer una oferta motivada

¿Necesitas ayuda con esto ahora?

Cuéntame tu caso por WhatsApp y te digo con claridad cómo está la situación y qué se puede hacer.

01Qué hacer justo después de un accidente de tráfico en Alicante

Los minutos que siguen a un accidente de tráfico condicionan toda la reclamación posterior. Soy Esther Sánchez Hellín, abogada colegiada nº 5795 del ICALI, y en mi despacho del centro de Alicante veo con frecuencia casos que se complican no por la gravedad de las lesiones, sino porque nadie recogió pruebas en el momento del accidente.

En el lugar del accidente

  • Comprueba si hay heridos y llama al 112 si alguien necesita asistencia. Si notas dolor, mareo o rigidez en el cuello, dilo: debe quedar constancia aunque parezca poca cosa.
  • Fotografía todo antes de mover los vehículos: posición, daños, marcas de frenada, señalización y matrícula del otro coche.
  • Pide los datos del otro conductor: nombre, DNI o NIE, matrícula, compañía y número de póliza. Si se niega, llama a la Policía Local o a la Guardia Civil.
  • Anota testigos con nombre y teléfono.

En las horas siguientes

Acude a urgencias el mismo día aunque te encuentres bien. Muchas lesiones, sobre todo el latigazo cervical, empiezan a doler pasadas 24 o 48 horas, y la aseguradora utilizará cualquier retraso para discutir que la lesión venga del accidente. Comunica el siniestro a tu compañía en el plazo de la póliza, normalmente 7 días, y guarda todos los informes, tickets y justificantes. Si tienes dudas, puedes escribirme por WhatsApp.

No firmes nada en el lugar del accidente que no entiendas del todo. El parte amistoso vincula; una casilla mal marcada puede costarte la indemnización.

02Parte amistoso y atestado: las dos pruebas que deciden la culpa

Quién tiene la culpa no lo decide quien grita más alto, sino los documentos que se generan en ese momento: el parte amistoso y el atestado policial.

El parte amistoso

Es el formulario que se rellena entre los dos implicados: cada uno describe su versión y ambos firman. Solo debes firmarlo si estás de acuerdo con lo que refleja; si el otro conductor marca casillas que no se corresponden con lo ocurrido, no firmes y llama a la policía. Dibuja el croquis con cuidado, porque es lo primero que mirará el tramitador, y marca siempre la casilla de heridos si notas cualquier molestia: un parte sin heridos y una reclamación por lesiones dos semanas después son un frente abierto para la aseguradora.

El atestado

Si acude la Policía Local de Alicante, la Guardia Civil de Tráfico o la Policía Nacional, levantarán un atestado o, en casos leves, un informe. Recoge la posición de los vehículos, las declaraciones, las pruebas de alcoholemia y las posibles infracciones, y tiene un peso probatorio muy alto. Si hubo atestado, mi primer paso es solicitarlo, porque suele contener datos que la compañía contraria no menciona en sus cartas.

Cuando la responsabilidad no está clara, se aplica la responsabilidad civil del conductor, que en daños personales es casi objetiva: el conductor responde salvo que pruebe culpa exclusiva de la víctima o fuerza mayor ajena a la conducción. Por eso conviene reclamar incluso cuando crees que "algo de culpa" tuviste.

Pide siempre copia del parte amistoso y, si hubo intervención policial, el número de atestado. Sin esos dos datos la reclamación empieza a ciegas.

03Lesiones habituales: el latigazo cervical y otras que la aseguradora discute

La mayoría de los accidentes que llegan a mi despacho no son grandes siniestros: son alcances en las rotondas de la Gran Vía, en la avenida de Denia, en la N-332 hacia Santa Pola o en los accesos de la A-70 a San Vicente del Raspeig. Y la lesión más frecuente es, con diferencia, el esguince o latigazo cervical.

El latigazo cervical

Se produce por el movimiento brusco del cuello en un alcance trasero. Como no se ve en una radiografía, la Ley 35/2015 exige para indemnizar los traumatismos menores de la columna que la lesión sea compatible con el mecanismo del accidente, que haya habido asistencia médica en un tiempo razonable, que los síntomas sean coherentes y que exista relación entre la intensidad del golpe y la lesión. La compañía discute cada uno de esos criterios, por eso la documentación médica desde el primer día es decisiva.

Otras lesiones frecuentes

  • Fracturas de muñeca, clavícula o costillas, habituales en motoristas y ciclistas.
  • Lesiones de rodilla y hombro en atropellos. Si eres peatón, te recomiendo mi artículo sobre cómo reclamar tras un atropello.
  • Traumatismos craneoencefálicos, con secuelas que a veces tardan meses en manifestarse.
  • Secuelas psicológicas: estrés postraumático, miedo a conducir, insomnio. También se indemnizan si están diagnosticadas.

En todos los casos el principio es el mismo: la indemnización se calcula sobre lo que consta en los informes médicos, no sobre lo que tú cuentas. Cada consulta, cada sesión de rehabilitación y cada parte de baja son piezas de la reclamación.

04Cómo se calcula la indemnización: el baremo de la Ley 35/2015

En España la indemnización por accidente de tráfico no se negocia libremente: se calcula con el sistema de valoración de la Ley 35/2015, conocido como baremo, cuyas cuantías se actualizan cada año. Es una ventaja para la víctima, porque la cifra es objetiva y comprobable, y también un riesgo: si no conoces el baremo, no sabes si lo que te ofrecen es correcto.

Qué conceptos se indemnizan

  • Lesiones temporales: los días que tardas en curar, clasificados según el perjuicio personal (muy grave, grave, moderado o básico).
  • Secuelas: las limitaciones que quedan cuando la lesión se estabiliza, puntuadas de 1 a 100 según una tabla médica, más el perjuicio estético y, en su caso, la pérdida de calidad de vida.
  • Perjuicio patrimonial: gastos sanitarios, rehabilitación, desplazamientos, ayuda de tercera persona y el lucro cesante: lo que has dejado de ganar por estar de baja o no poder volver a tu trabajo.

Por qué dos víctimas con "lo mismo" cobran cantidades distintas

Porque el baremo pondera la edad, los ingresos, la situación laboral y las intervenciones quirúrgicas: una autónoma de 40 años y un jubilado con el mismo latigazo cervical no cobran lo mismo. Puedes ver un caso práctico en mi artículo sobre indemnización por accidente de tráfico en Alicante.

El informe médico pericial

La aseguradora te citará con su propio médico, que trabaja para ella. Por eso, cuando hay secuelas o bajas largas, propongo un informe de un perito médico independiente que valore las lesiones conforme al baremo.

Antes de aceptar cualquier cifra, pide que te la desglosen por conceptos del baremo: días, secuelas, gastos y lucro cesante. Si no te lo desglosan, sospecha.

05La reclamación previa a la aseguradora y el plazo de 1 año

Antes de demandar a una aseguradora por un accidente de tráfico es obligatorio presentarle una reclamación previa (artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor). En ella se fija por escrito qué pides y por qué, con la documentación médica y la cuantía desglosada según el baremo.

Qué tiene que hacer la aseguradora

La compañía dispone de 3 meses desde que recibe la reclamación para hacer una oferta motivada de indemnización o una respuesta motivada explicando por qué no paga. Si la oferta es insuficiente o no contesta, queda abierta la vía judicial, y si incumple sus obligaciones en plazo la ley prevé intereses de demora a su cargo.

El plazo para reclamar: 1 año

La acción para reclamar los daños prescribe al año (artículo 1968 del Código Civil), contado no desde el accidente sino desde la estabilización de las lesiones, es decir, desde el alta o desde que las secuelas quedan definidas. La reclamación previa interrumpe ese plazo hasta que la aseguradora responde o vencen sus 3 meses. Aun así, no apures: cuanto antes reclames, más fresca está la prueba.

Si el asunto termina en los juzgados, se tramita ante los tribunales civiles de la Ciudad de la Justicia de Alicante, en la avenida Aguilera, o ante el juzgado del lugar del accidente. Explico cómo funciona un pleito civil en mi guía de abogado civil en Alicante.

06Vehículo sin seguro, conductor que se da a la fuga y otros casos especiales

No todos los accidentes encajan en el esquema de dos coches asegurados. Estos son los supuestos que más dudas generan en mi despacho.

El otro vehículo no tiene seguro o es desconocido

Si el responsable circulaba sin seguro o se dio a la fuga sin ser identificado, la indemnización la asume el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público. Cubre los daños personales en ambos casos y los materiales cuando el vehículo no tenía seguro. Es imprescindible haber denunciado el accidente, así que ante una fuga la denuncia en comisaría es el primer paso.

Eres pasajero

El pasajero tiene derecho a ser indemnizado siempre, sea cual sea el conductor culpable, incluido el del vehículo en el que viajaba. Quien paga es su aseguradora, no él.

Accidente de camino al trabajo

Si ocurre yendo o volviendo del trabajo es un accidente in itinere: la Seguridad Social lo trata como accidente laboral, con prestaciones más altas, y además puedes reclamar a la aseguradora del responsable. Ambas vías son compatibles. Si tu empresa pone problemas con la baja, mi guía de abogada laboralista en Alicante te será útil.

Cuando hay un delito

Si el conductor iba bebido, huyó o causó lesiones graves por una imprudencia grave, además de la reclamación civil puede abrirse un procedimiento penal, y la indemnización puede reclamarse dentro de él. En mi guía de abogado penalista en Alicante explico cómo funciona.

07Por qué no aceptar la primera oferta y cuánto cuesta un abogado de accidentes

Es habitual que a las pocas semanas del accidente la aseguradora, incluso la tuya, te llame con una cifra y un documento de finiquito, con un mensaje amable: "así lo cobras rápido y sin complicaciones". Esa rapidez tiene un precio.

Qué hay detrás de la primera oferta

  • Se calcula sin conocer tus secuelas, porque todavía no has estabilizado. Firmar antes del alta es aceptar una cifra sobre una lesión que aún no está valorada.
  • Suele omitir el lucro cesante, la rehabilitación privada y otros conceptos del baremo que la compañía no incluye si tú no los reclamas.
  • El documento que firmas es un finiquito: renuncias a reclamar nada más por ese accidente, aunque después aparezcan complicaciones.

No puedes saber si es buena sin compararla con un cálculo independiente del baremo, y ese cálculo es lo que te ofrezco en la primera consulta.

Honorarios: cómo trabajo

En accidentes de tráfico es frecuente pactar los honorarios como un porcentaje de la indemnización que finalmente se cobra, o una cantidad fija por fases. Siempre lo dejo por escrito en una hoja de encargo antes de empezar indicando lo que incluye. Muchas pólizas incluyen además una cobertura de defensa jurídica que permite elegir abogado de libre designación con cargo a tu propia compañía, hasta el límite de la póliza. Revísala antes de descartar contratar a un profesional.

Guarda por escrito la oferta de la aseguradora. Es un punto de partida útil: la indemnización final no puede ser inferior a lo que ya te ofrecieron.

08Cómo trabajo los accidentes de tráfico en mi despacho de Alicante

Ejerzo en Alicante desde 2002. Mi especialidad principal es el derecho de familia, y trabajo también civil, penal, herencias y laboral, lo que en accidentes de tráfico resulta muy útil: un mismo siniestro puede tener una vertiente civil, una penal y una laboral, y prefiero llevar las tres con una visión de conjunto.

Qué puedes esperar

  • Una primera consulta en la que reviso el parte, el atestado y los informes médicos y te doy una estimación orientativa según el baremo.
  • Trato directo conmigo, sin un tramitador entre tú y tu abogada.
  • Comunicación clara: te explico cada carta de la aseguradora y decidimos juntos si aceptar, contraofertar o demandar.
  • Honorarios por escrito desde el principio.

Atiendo con cita previa de lunes a viernes en calle Isabel La Católica 9, entresuelo izquierda, 03007 Alicante, y a clientes de toda la provincia: San Juan, Campello, Elche, Santa Pola o Torrevieja. Puedes pedir cita o escribirme por WhatsApp al 627 502 675. El resto de áreas del despacho están en especialidades.

Cómo se tramita una reclamación por accidente de tráfico, paso a paso

  1. 1
    Asistencia médica y pruebas

    Urgencias el mismo día, fotografías, datos del otro conductor, testigos y parte amistoso o atestado. Comunica el siniestro a tu compañía.

  2. 2
    Primera consulta

    Reviso la documentación, identifico a quién reclamar (aseguradora contraria, la tuya, el Consorcio) y te doy una estimación orientativa según el baremo.

  3. 3
    Tratamiento y seguimiento médico

    Sigues el tratamiento hasta la estabilización. Guardamos cada informe y cada gasto. Si conviene, encargamos un perito médico independiente.

  4. 4
    Reclamación previa

    Presento la reclamación formal a la aseguradora con el cálculo desglosado del baremo. La compañía tiene 3 meses para hacer una oferta motivada.

  5. 5
    Negociación

    Analizamos la oferta partida por partida. En muchos casos se alcanza un acuerdo en esta fase, con una cifra muy diferente a la primera propuesta.

  6. 6
    Demanda, si hace falta

    Si la oferta es insuficiente o no contestan, presentamos demanda civil ante los juzgados de Alicante o del lugar del accidente, con intereses a cargo de la compañía.

  7. 7
    Cobro

    La indemnización se abona por transferencia. Con acuerdo, suele cobrarse en pocas semanas; con sentencia, depende de la carga de los juzgados.

Qué documentos necesitas para reclamar

  • Parte amistoso firmado o, en su defecto, los datos del otro vehículo y su aseguradora
  • Número de atestado o diligencias de la Policía Local, Guardia Civil o Policía Nacional
  • Informe de urgencias del día del accidente y todos los informes médicos posteriores
  • Partes de baja y alta laboral, si has estado de baja
  • Justificantes de rehabilitación, fisioterapia, farmacia y consultas privadas
  • Facturas de gastos derivados: taxis, ayuda en casa, ropa o casco dañados
  • Nóminas o declaraciones de IRPF para acreditar el lucro cesante
  • Fotografías del accidente, de los daños y de las lesiones visibles
  • Presupuesto o factura de reparación del vehículo y peritación de daños
  • Copia de tu póliza de seguro, para revisar la cobertura de defensa jurídica

Preguntas frecuentes

Un año, contado desde la estabilización de las lesiones (el alta o la determinación de las secuelas), no desde el día del accidente. La reclamación previa a la aseguradora interrumpe ese plazo.

Sí, pero es más difícil. La Ley 35/2015 exige para el latigazo cervical que la asistencia médica se haya producido en un tiempo razonable, y la aseguradora usará el retraso para negar la relación con el accidente.

Depende de los días de curación, de su clasificación (con o sin baja, con o sin ingreso), de si quedan secuelas y de tus ingresos si has perdido salario. Orientativamente, va desde unos cientos de euros para molestias de pocos días hasta varios miles cuando hay baja larga o secuelas. Solo un cálculo con el baremo sobre tus informes puede concretarlo.

No antes de compararla con un cálculo independiente según el baremo y nunca antes del alta médica, porque la oferta se hace sin conocer las secuelas. Si firmas el finiquito renuncias a reclamar nada más por ese accidente. Pide siempre el desglose por conceptos.

Responde el Consorcio de Compensación de Seguros: cubre los daños personales cuando el vehículo es desconocido y los daños personales y materiales cuando no tenía seguro. Es imprescindible haber denunciado el accidente.

Sí. El pasajero tiene derecho a indemnización sea quien sea el conductor responsable, incluido el del vehículo en el que viajaba. Quien paga es la aseguradora, no el conductor, así que reclamar no supone ir contra tu amigo o familiar.

Es habitual pactar un porcentaje de la indemnización que finalmente se cobra o una cantidad fija por fases. En mi despacho los honorarios se fijan por escrito en una hoja de encargo antes de empezar. Revisa también si tu póliza incluye defensa jurídica con libre elección de abogado, porque entonces puede pagarla tu propia compañía hasta el límite asegurado.

En la mayoría de los casos no. La reclamación previa y la negociación con la aseguradora resuelven gran parte de los asuntos. Solo si la oferta es insuficiente o no contestan en 3 meses se presenta demanda civil, y aun entonces es frecuente llegar a un acuerdo antes de la sentencia.

¿Has tenido un accidente? Hablemos antes de que firmes nada

Envíame el parte y los informes médicos por WhatsApp y te diré, con el baremo en la mano, si la oferta que te hacen es la que te corresponde.

Esta guía es información general y no sustituye al asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. La normativa y los criterios de los juzgados cambian: consulta tu situación antes de tomar decisiones.